martes, 25 de octubre de 2011

Ley de Dependencia


En las últimas décadas la sociedad española ha experimentado numerosos cambios en la forma de vida de nuestro país. Las estructuras familiares han cambiado, pasando de la típica familia de varios hijos con el padre y la madre conviviendo en el mismo hogar, a las familias monoparentales y con un número menor de hijos. La mujer que generalmente estaba encasillada en el cuidado del hogar, hace ya un tiempo que forma parte del mercado laboral, lo que hace que aumente su carga de trabajo pues pese a tener un trabajo fuera de casa sigue teniendo la carga de las necesidades del domicilio.

Este cambio de modelo familiar, junto con el aumento de la esperanza de vida y el crecimiento del grupo de edad de mayores de 80 años, además del incremento de personas de todas las edades que como consecuencia de algún tipo de accidente o enfermedad sufren alguna deficiencia o discapacidad, está propiciando que cada vez sea mayor el número de personas que presentan algún tipo de dependencia y que por ello deben recibir cuidados.

Siendo la familia la institución que tradicionalmente y de forma principal se ha venido ocupando del cuidado de las personas dependientes, pero como consecuencia del incremento en el número de estas personas y de los cambios producidos en la propia familia y la sociedad, junto a las escasas ayudas públicas destinadas al respecto, se da la situación en la que la familia cada vez tiene mayores dificultades para seguir haciendo frente a estas necesidades en la misma forma que lo venía haciendo hasta ahora. Esto provoca que el cuidado de las personas dependientes se viva como un problema y que sea una de las principales preocupaciones de nuestra sociedad, y al igual que ha sucedido en otros países de nuestro entorno europeo, se trabaja para conseguir una protección pública específica ante este riesgo.

Las últimas décadas en España han traído profundas transformaciones en la pirámide poblacional, entre ellas un proceso de envejecimiento notable y esto hace que se haya producido un gran aumento de personas con discapacidad, ya que la edad es un factor determinante en la aparición de este fenómeno.

El envejecimiento es parte natural de la vida y debemos conseguir que el aumento en años de vida vaya acompañado de una buena calidad de esta en la población anciana. Aunque generalmente se habla de dependencia de personas "mayores" (ancianos) existen personas jóvenes con minusvalías que también son dependientes, muchas de éstas, tienen que ser atendidas por los padres que en muchos casos son personas mayores mayores.

Una persona puede ser dependiente y autónoma, si tiene discapacidad física sin deterioro cognitivo.

Se entiende por autonomía a "la capacidad de controlar, afrontar y tomar, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria".
Una persona es dependiente cuando presenta una pérdida más o menos importante de su autonomía funcional y necesita la ayuda de otras personas para poder desenvolverse en su vida diaria.

Se entiende por dependencia al "estado de carácter permanente en que se encuentran las personas, que por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria.

La Ley de Dependencia es una ley universal a la que tienen derecho todos los españoles que no pueden valerse por sí mismos. Con esta ley se pretende alcanzar la autonomía de las personas dependientes y de sus cuidadores.
Para ello, el Estado y las Comunidades Autónomas, se han dotado de unos recursos y prestaciones a los que podrán acceder todas aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Dependencia.
Los grados de dependencia estipulados por la Ley de Dependencia son los siguientes:

  • Primer grado o dependencia moderada:

Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día, (por ejemplo, para comer y beber, controlar la micción o la defecación, lavarse, vestirse...), o necesitan ayuda intermitente o limitada para mantener la autonomía personal.

  • Segundo grado o dependencia severa:

Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requieren el apoyo permanente de un cuidador, o necesitan mucha ayuda para mantener la autonomía personal.

  • Tercer grado o gran dependencia:

Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día, y por su pérdida total de autonomía, necesitan el apoyo indispensable y continuo de otra persona, o bien tienen necesidad de ayuda total para mantener la autonomía personal.

Cada grado tiene a su vez dos niveles de intensidad: Nivel 1 y Nivel 2.

Trámites para Solicitar la ayuda de La Ley de Dependencia:
El proceso deberá iniciarlo la persona que pueda estar afectada por algún grado de dependencia o quien ostente su representación.
La solicitud se hace por escrito, rellenando los formularios que para ello ha aprobado la Comunidad Autónoma donde reside la persona.
La solicitud y documentos que la acompañan deberá presentarse en aquella institución o departamento que sea competente en cada
Comunidad Autónoma y es común que también pueda presentarse en los respectivos centros de servicios sociales de cada localidad.
Habitualmente suele exigirse además del modelo de solicitud relleno y firmado, un informe de salud (al que pueden acompañarse otros informes que el solicitante tenga en su poder), fotocopia del DNI, certificación de empadronamiento del lugar donde va a solicitarse, en caso de ser necesario puede solicitarse declaración del guardador de hecho u otros documentos análogos. Es conveniente informarse sobre cuáles de estos documentos son necesarios y solicitar los impresos ante la misma administración donde va a solicitarse el reconocimiento.

Entre los servicios que contempla la Ley están incluidos:

  • 1. Servicios de Prevención de las situaciones de dependencia
  • 2. Servicio de Teleasistencia
  • 3. Servicio de Ayuda a Domicilio, entre lo que se incluye: Atención de las necesidades del hogar y Cuidados personales.
  • 4. Servicio de Centro de Día y Noche, que puede ser: Centro de día para mayores, Centro de día para menores de 65 años, Centro de día de atención especializada, Centro de noche.
  • 5. Servicio de Atención Residencial, que comprende: Residencias de personas mayores en situación de dependencia, Centro de atención a personas en situación de dependencia en razón de los distintos tipos de discapacidad

No se está necesariamente en situación de dependencia aunque:

• Necesite del apoyo de otra persona después de una intervención quirúrgica.
• Sea una persona con discapacidad y tenga reconocida la minusvalía.
• Tenga reconocida la invalidez laboral.
• Haya sufrido una lesión y necesite estar inmovilizado/a temporalmente.
• Sea mayor y necesite apoyos puntuales de otras personas.

Además, no todas las personas se encuentran en la misma situación de dependencia, ni necesitan de los mismos servicios o prestaciones.

En este Post ha colaborado Gloria López